este Tribunal de Ejecución del Sistema de Responsabilidad penal del Adolescente de este Circuito Judicial Penal de Santa Ana de Coro Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, determina que el sancionado IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, venezolano, soltero, estudiante, domiciliado en el Barrio Curazaito, calle progreso con callejón Santa Rosa casa S/N en Santa Ana de Coro Estado Falcón, debe conocer el CÓMPUTO RESPECTIVO, de Reglas de Conductas que le fue impuesto por el Tribunal Segundo de Control de Responsabilidad Penal del adolescente de este Circuito Judicial Penal, por el lapso de seis meses, por el delito de Actos Lascivos, tipificado en el articulo 376 del Código contentiva de las siguientes condiciones: 1.- Consignar constancia de estudio cada dos (2) meses, por ante el Tribunal de Ejecución, 2.- Mantenerse lejos de la víctima y no frecuentar en el término de los 6 me.....