Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado FALCÓN Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone al adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la sanción de Reglas de Conducta las cuales consisten en lo siguiente : el adolescente debe mantenerse activo estudiando, consignar constancia de estudio, no incurrir en algún tipo delictivo y no permanecer hasta altas horas de la noche en la calle, dicha sanción culmina en fecha 08 de abril de 2012; una vez verificado el cumplimiento de la sanción impuesta