es por lo que este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone al Adolescente se procedió a imponer al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA: la sanción con las siguientes condiciones 1) Consignar constancia de estudio, 2) No reunirse con personas de mala reputación, 3) No permanecer en la calle a altas horas de la noche, teniéndose como fecha probable de finalización de la sanción el 22 de marzo de 2011.