DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: Imponer de la medida de Privación Judicial Preventiva de libertad al ciudadano RUBEN DARIO GONZALEZ DIAZ, antes identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del COPP; por la presunta comisión del delito DE Trafico de Estupefacientes y Psicotrópicas previsto en el Articulo 31 de la Ley Contra el Trafico y el Consumo de Estupefacientes, así mismo se decreta el procedimiento ordinario de conformidad con el ultimo aparte del artículo 373 del COPP. Remítase las presentes actuaciones al Juzgado Tercero de control en su oportunidad legal por ser el competente del presente asunto Notifíquese a las partes de la publicación del auto motivado de la decisión, Así se Decide.-
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG.NA.....