Por las consideraciones anteriormente Expuestas. Este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, extensión Punto Fijo administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley otorga LA MEDIDA DE PROTECCION, al ciudadano EDGAR GREGORIO ARIAS RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.586.745, casado, Operador de Máquinas, residenciado en el sector La Pastora, calle Valerio, casa sin número, Barrio Creolandia, Estado Falcón, y se acuerda remitir comunicación a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, a los fines de que realice labores de seguridad en la Residencia del Prenombrado Ciudadano, para garantizar el estricto cumplimiento de lo acordado. A tenor con lo previsto en los artículos 30 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 23 y 118 del Código Orgánico Procesal Penal y 81 y 82 de la Ley Orgánica del Ministerio Público. Remítase las presentes actu.....