Por todo lo antes explanado, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor del imputado FRANKLIN JOSÉ QUIÑONEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.786.241, de estado civil casado, nacido en fecha 28-10-1972, hijo de Yolanda Deares y Angel Quiñonez, de oficio albañil, residenciado en Punta Cardón, callejón Padilla N° 15, cerca del Bar Restaurant el Zuliano, Punto Fijo, Estado Falcón, Medida Cautelar Sustitutiva de libertad, establecida en el artículo 256 ordinales 3 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndole la obligación de presentarse cada 8 días por ante este Tribunal, a través del Alguacilazgo, y la prohibición de acercarse a la víctima, por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8 del Código Penal. Se or.....