Vista la decisión dictada en fecha 04 de noviembre del presente año, por este Tribunal Primero de Control, en la cual Modifica la Medida de Detención domiciliaria que había sido dictada al imputado RAUL JOSÉ REYES RODRÍGUEZ, en la cual se designó como sitio de reclusión temporal el Hospital Rafael Calles Sierra, dando un tiempo de vigencia a la Medida de Detención domiciliaria, solo hasta que el imputado de autos se encuentre en situación de Salud que permita su reingreso a la Zona Policial No. 02 de la Policía de Falcón, comando el cual había sido designado inicialmente como su sitio de reclusión, acordándose en dicha decisión que una vez que sea dado de alta del referido Hospital deberá ser recluido nuevamente en el referido destacamento policial, por lo que quedará nuevamente en vigencia el decreto de la Medida Cautelar de Privación judicial Preventiva de libertad que había sido acordada, a quien se le imputa los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y.....