DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SE DECRETA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado CESAR DAVID MORALES VILLALOBOS, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de GABRIELA ANDREINA GOTOPO ALVARADO, PORTE ILICITO DE ARMA, previsto y sancionado en el articulo 112 del Ley para el Desarme y control de armas y municiones, y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 264 de la Ley Orgánica Para Protección Del Niño Niña Y Adolescente, de conformidad con lo previsto en el articulo 236, 2237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se DECRETA la apre.....