DISPOSITIVA
Sobre la base de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 26, 49 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con el artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, SUSPENDE las MEDIDAS JUDICIALES PREVENTIVAS DE CARÁCTER REAL DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR BIENES Y ACCIONES, específicamente sobre los apartamentos señalados de la siguiente manera: T9-3C, T9-3B, T9-2A, T9-3D, T9-1C, T9-PBB, T9-1D, T9-2D, T9-1A, T9-PBD, T9-2B, T10-1B, T10-1D, T10-2A, T10-2C, T10-2D, T10-3A, T10-3C, T10-PBE, T10-PBC, T11-2A, T11-3D, T11-1A, T11-1C, T11-1D, T12-1C, T12-1A, T12-PBB, T12-2B, T12-3B, T12-3C, T12-3D, T12-3A, T12- 2C, T12-2A, T12-PBD. Siendo ubicados en un Urbanismo denominado "Conjunto Residencial Balcones d.....