Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano YASENIA MARIA ÁVILA RONCO, venezolana, Natural de Maracaibo, Estado Zulia nacido en fecha:30 05-1978, titular de la Cédula de Identidad N° V.-15.060.522, de Estado Civil: Soltera, de 28 años de edad, Grado de Instrucción: Tercer Año, domiciliado en la Urbanización San Jacinto sector III, vereda N° 4 casa N° 8, calle N° 2 Maracaibo Estado Zulia de Profesión u Oficio: repostería , hijo de Rubén Manuel Ávila y Sonia Ester Génesis Ronco por la presunta comisión de el delito de Hurto Agravado ilícito este previsto y sancionados en el Artículo 452.4 del Código Penal V.....