Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la Revisión de la Medida y como consecuencia acuerda sustituirle la Detención Domiciliaria al ciudadano EDWIN JIPTHE REVILLA ARGUELLES de Nacionalidad Venezolano, natural de esta ciudad de Punto Fijo, estado Falcón, de 36 años de edad, nacido en fecha 25-07-1977, profesión Soldador, de estado Civil Casado, residenciado en Antiguo Aeropuerto, Sector 3, Casa #5, cerca del Abasto Portugal, Punto Fijo, Estado Falcón, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.-13.516.490, Teléfono 0426-466-4613, hijo de Román Revilla y Dalia de Revilla; y sustituirle la privación de libertad a los ciudadanos ROSALBA GREGORIA DIAZ BRETT, de Nacionalidad Venezolana, natural de esta ciudad de Punto Fijo, de 41 años de edad, nacido en fecha 25-09-1971, profesión u oficio Ama .....