Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 256 ordinal 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de Libertad al Giovanni Gatulli, italiano, titular de pasaporte italiano Nº A063787,nacido en fecha: 06-01-1949, casado, residenciado en: Calle Paez edificio Antonela, piso 3, apartamento 7 y Jennifer Karen Coronado de Gatulli ,Venezolana, Administradora, titular de la cédula de identidad Nº, V- 11.772169, nacido en fecha:24-02-.1975, edad 31 años ,casada residenciado en: Calle Páez edificio Antonela, piso 3, Apartamento 7 consistente en la presentación cada 30 días en un horario comprendido de 8:30 am a 3:30 PM de Lunes a Viernes y la prohibición del salir del país sin la previa autorización del tribunal. Notifíquese el presente auto. Cúmplase.