Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano JUAN ALBERTO CHIRINOS FALCON, C.I 16.197.208, de 26 años de edad, nacido en fecha 28-06-1980, de profesión Pescador, Hijo de Morela Falcón y Juan Chirinos, Domiciliado en las Piedras, calle valencia, numero 9, por la parte arriba del estadio Guadalupana., por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 4° del Código Penal. La cual consistirá en la presentación cada treinta (30) días ante la sede de este circuito. Se decretó el procedimiento ordinario de conformidad con el 373 del.....