Este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN EXTENSION EN PUNTO FIJO, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a HOMOLOGAR el convenio suscrito por las partes, otorgándole el carácter de sentencia definitiva firme ejecutoriada, sin perjuicio de que pueda ser ajustado en beneficio del niño. El acuerdo se HOMOLOGA en los siguientes términos:
El ciudadano GEOMAR ANTHONY ALVAREZ SÁNCHEZ ya identificado, tendrá una Obligación de Manutención por la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs. 400,0) pagaderos en forma quincenal DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 200,00) los quince de cada mes y DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 200,00) los últimos de cada mes; cantidad ofrecida por el padre de la niña, ciudadano GEOMAR ANTHONY ALVAREZ SÁNCHEZ, los cuales serán depositados en cuenta de ahorro a nombre de la niña, con autorización de movilización de la madre, la ciudadana LUSIGENIA SABRINA C.....