Este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con Sede en Punto Fijo, Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. AUTORIZA, suficientemente a la ciudadana ANA ELIZABETH CALLES DE MANAURE, titular de la cédula de identidad Nº V-10.965.246, madre de los adolescentes niños: (Se omiten nombres conforme al artículo 65 de la LOPNNA), para que en nombre de éstos, proceda a tramitar el cobro de las cantidades de dinero que le pertenecen por concepto de la prestaciones sociales, fideicomiso, caja de ahorro, y cualquier otro beneficio que pudiera corresponderle a sus hijos por el fallecimiento de su Padre, el ciudadano NORMAN ANTONIO MANAURE CABRERA. Advirtiéndole a las oficinas pagadoras, que la cuota-parte del menor, deberá ser remitida al Tribunal, en cheque a nuestro favor en su oportunidad y posteriormente se proveerá lo conducente en beneficio de la misma.