este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Con lugar la redención de pena solicitada a favor del penado ELEXANDER JOSÉ SERRANO ORDOÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-12.178.546, residenciado en el Barrio La Cañada, Calle Principal Casa N° 08, de la Ciudad de Coro Estado Falcón, y en consecuencia declara REDIMIDA LA PENA por el trabajo y el estudio realizado por éste en ese centro carcelario en DOS (02) Años; Dos (02) Meses; Once (11) Días, tiempo éste de redención que deberá descontarse del tiempo de pena que le queda por cumplir, y así se decide. Notifíquese a las partes.