Una vez, realizadas las anteriores proyecciones en el presente auto de nuevo computo, es que éste Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón en su extensión de Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Ordena en atención a lo solicitado, la imposición personal del presente auto de cómputo de pena al penado JHOAN MANUEL MARTÍNEZ COLINA, quien se identifico con su Cédula de Identidad e informo ser y llamarse como queda escrito: venezolano, natural de Maracaibo, nacido en fecha 10-09-79, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.647.597, residenciado en Sector Domingo Hurtado, por la lonchería Reimont, entrando por esa calle a dos cuadras, casa 67, o en la Urb. Las Margaritas, sector 1, calle 8, vereda 35, casa No. 28, casado, grado de instrucción 6 grado, de profesión u oficio con la franquicia de Bon ice, hijo de Roger Antonio Martínez y Emelina de Martínez, a.....