Es por lo que en virtud de lo anterior, y como quiera que ha quedado constatado que el penado de autos ya le fuera materializado la respectiva orden de aprehensión de fecha 09-06-2005, y en actualidad se encuentra gozando del Beneficio de Trabajo fuera del Establecimiento Reclusorio, es por lo que en consecuencia, este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decreta conforme a lo dispuesto en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución Nacional, LA LIBERTAD INMEDIATA al ciudadano JHONNY JOSE PETIT ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.840.027, domiciliado en la Calle Ayacucho entre Uruguay Chile, Casa SN de esta Ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón, y el debido traslado a la Comunidad Penitenciaria, a los fines de continuar cumpliendo con el Beneficio acordado debidamente por este Tribunal, se ordena librar la respect.....