IV
DECISIÓN
En merito de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Su INCOMPETENCIA para conocer, sustanciar y decidir el AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesto por el Abogado ROBERTO GILSON FIGUEROA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 221.150.
Segundo: DECLINA la competencia en los Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutores de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, a quien corresponda por distribución.
Tercero: ORDENA remitir el expediente en la oportunidad legal correspondiente.
Publíquese, diarícese, notifíquese a la parte actora, regístrese y remítase el expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripci.....