Examinados los documentos acompañados, las declaraciones de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO SÁNCHEZ PETIT y LUIS ALBERTO RODRIGUEZ y las normas ut supra transcritas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, determina que son suficientes para declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESION a favor de la ciudadana JUANA BENILDE CÓRDOBA NOGUERA, venezolana, mayor de edad, de 70 años de edad, divorciada, de titular de la cédula de identidad N° V-2.858.123, profesión u oficio Costurera, domiciliada en la población de Pueblo Nuevo, sector 4 y 5, calle 5 de Julio entre calle Nueva y calle San José, jurisdicción del Municipio Falcón del Estado Falcón, sobre las bienhechurias anteriormente identificadas sin perjuicio de terceros de iguales o mejores.....