Examinados los documentos acompañados, las declaraciones de los ciudadanos NIRSON ANTONIO PETIT y CARLOS LINO GUANIPA MEDINA y las normas ut supra transcritas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, determina que son suficientes para declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESION a favor del ciudadano NOEL RAFAEL MOLINA GUANIPA, venezolano, mayor de edad, de 48 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-9.586.112, de profesión u oficio comerciante, domiciliado en Buenevara, vía principal Jadacaquiva – Pueblo Nuevo, sector Buenevara El Cerro, casa sin número, Parroquia Pueblo Nuevo del Municipio Falcón del Estado Falcón, sobre las bienhechurías anteriormente identificadas sin perjuicio de terceros de iguales o mejore.....