sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del mencionado de cujus, ciudadano WILLIAN JOSE GARBAN, quien era venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-11.799.054, quien falleció ab-intestato en fecha veintiuno (21) de Noviembre de 2015, en el Hospital Universitario "Dr. Alfredo van Grieken" de esta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, según consta de Acta de Defunción Nº 1465, emitida por el Registro Civil de la Parroquia San Antonio del Municipio Miranda del Estado Falcón, a favor de su concubina e hijos, ciudadanos: MARIA CONSUELO LOBO RIVERO, WILLIAN JOSE GARBAN MEDINA y MERWIN JOSE GARBAN MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.594.009, V-26.437.107 y V-21.546.791, respe.....