Por las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos: RIVAS GUANIPA CRHISTOPHER ALBERTO y NAVEDA JIMENEZ RUDY JOSEFINA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de profesión Licenciado de administración el primero y Licenciada en Educación la segunda, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.992.028 y V-14.794.050, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, asistidos por el abogado DIEGO J. SILVA CH., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.007, y en consecuencia queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón, en fecha 11 de Diciembre de 2.008, .....