Por las razones expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio 185-A, realizada por los ciudadanos DANIEL ANTONIO BRITO Y ZORAIDA JOSEFINA SIERRA FUGUET, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V– 12.734.757 y 14.027.432, ambos de este mismo domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio, VICTOR JULIO GRATEROL, Inpreabogado Nro. 68.730. En consecuencia queda DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha S.....