DISPOSITIVO DEL FALLO:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO fundamentada en la sentencia Remedio o Sentencia solución de la Sala Constitucional de carácter vinculante de fecha 02 de Junio de 2015, y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL EXISTENTE ENTRE LOS CIUDADANOS: CÉSAR AUGUSTO GARCÍA ARTEAGA y ANAMELIA DEL CARMEN GUANIPA LUQUE, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidades Nros: V-15.311.049 y V-17.350.733, respectivamente, y por consiguiente se declara EL DIVORCIO, de los precitados ciudadanos, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Zamora del estado Falcón, en fecha 23 de Julio de 2015, mediante Acta Nº 220. Segundo: Dé.....