Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, entre los ciudadanos: MIGUEL GREGORIO PALENCIA MACHO y MAIRA CAROLINA GÓMEZ DE PALENCIA, antes identificados; asistidos por el Abg. SERGIO COLINA LEAL, Inpreabogado Nº 48.559; y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído por ellos ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MAUROA DEL ESTADO FALCÓN, EN FECHA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2011.
SEGUNDO: Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Anéxese a la pieza principal el presente dispositivo. Cúmpl.....