En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en consecuencia de causa y, dejando a salvo los derechos de terceros, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO, de los progenitores de la ciudadana KATHERINE JOSEFINA BRETT GIUNTOLI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.496.788.
SEGUNDO: Se Ordena a los ciudadanos: Coordinador del Registro Civil del Municipio Miranda y al Registrador Civil Principal de la Circunscripción Judicial ambos del estado Falcón, rectificar el Acta de Matrimonio, inserta en los Libros de Matrimonio, bajo el Nº 21, Tomo N° 01 del Duplicado de los Libros de Matrimonio, correspondiente al año 2002.
TERCERO: Estampar la nota marginal correspondiente en los asientos del Acta de Matrimoni.....