este Tribunal Segundo del Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: PRIMERO: Admite Totalmente la Acusación interpuesta por la Fiscalía Segunda de Ministerio Público del Estado Falcón en contra de los ciudadanos YOURMERY DEL VALLE QUINTERO y LUIS ELADIO VILLA, plenamente identificados. SEGUNDO: Se admiten las pruebas ofrecidas por la representación fiscal, por ser legales, lícitas, pertinentes y necesarias y la comunidad de la prueba. TERCERO: Se condena a cumplir la pena de: DOS (02) AÑOS de prisión, más las accesorias de ley Previstas en el artículo 16 del Código Penal Vigente, a los acusados: YOURMERY DEL VALLE QUINTERO y LUIS ELADIO VILLA, plenamente identificados, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DE HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el Artículo 9 de la Ley de Hurto y Robo de Vehículo, en perjuicio del Esta.....