En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara con lugar, la solicitud fiscal, y de conformidad con el artículo 256.3 del Código Orgánico Procesal Penal, impone a los imputados EDIXON ANTONIO MIQUILENA CARIPA, venezolano, de 20 años de edad, soltero, obrero, alfabeto, nacido en Coro, Estado Falcón, en fecha 29 de Febrero de 1.984, cedula de identidad numero 23.680.412, hijo de Sandy Yanet Caripa y Edixon Antonio Miquilena, residenciado en el Barrio Zumurucuare, calle Urupagua con Callejón Colombo, casa s/n, color verde con reja blanca, Municipio Federación del Estado Falcón, de la medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en el artículo 256.3 del Código Orgánico Procesal Penal, que consistirá en la presentación periódica cada 30 días por ante este tribunal, por la presunta comisión del delito RESISTENCIA A LA.....