este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano imputado GIMBER JOSE GARCIA PIMENTEL, Titular de la Cédula de Identidad Nº 18481071, nacido en fecha 30-10-1987, Venezolano, Mayor de edad, Natural de Caracas; Hijo de Guillermo José García, Marlene Pimentel; Profesión u Oficio Custodio Asistencial, Domiciliado en Urbanización Velitas IIII, calle 3, casa Nº 06, Coro, Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de Ocultamiento de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 31 Segundo Aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas con las agravante contenidas en el articulo 46 numerales 4° y 7° ejusdem por encontrarse llenos los requisitos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.