Este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO seguido contra el investigado ciudadano: EDUARDO JOSÉ PIMENTEL VEROES, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-17.178.487, con motivo de la presunta comisión del delito de TRAFICO DE INFLUENCIAS, previsto y sancionado en el artículo 71 de la Ley contra la Corrupción, en perjuicio del Estado Venezolano, por lo que se declara Extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con el Articulo 300 Ordinal 4° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.-
Regístrese, Publíquese, Notifíquese a la Fiscalía 7° del Ministerio Publico y al investigado ciudadano: EDUARDO JOSÉ PIMENTEL VEROES.