este Tribunal Segundo de Control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara extinguida la acción penal en el asunto seguido contra de ciudadano: JOSÉ NICOLAS GERARDO CARRASQUERO, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 17.923.544, de 28 años de edad, nacido el 24-4-1980, soltero, residenciado en callejón Chevrolet número 9, con calle Garcés y Calle Purureche frente a la casa de ladrillos de ésta ciudad; por el Delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ANGEL GABRIEL CARRASQUERO, de conformidad con lo establecido en el ordinal 7° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de acuerdo a lo pautado en el ordinal tercero del artículo 318 Ejusdem.