este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al Ciudadano ANIBAL JOSÉ CHIRINO Colina, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V- 9.525.957, domiciliado en la Urbanización la Velita, vereda 76, casa Nº 06, Coro, Estado Falcón; de conformidad con lo establecido en el artículo 92 ordinal 8° de la Ley orgánica a sobre el derecho de la Mujer a una vida libre de Violencia, consistente en prohibición de agredir física, verbal y psicológicamente a la víctima. El presente asunto se seguirá por el procedimiento Especial contemplado en el artículo 94 de la precitada Ley