este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA: DECLINAR LA COMPETENCIA del conocimiento de la presente causa, seguida al ciudadano JOSE RAMON RODRIGUEZ QUINTERO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de 41 años de edad, portador de la cédula 12.412.858, profesión u oficio Albañil, estado civil soltero, fecha de nacimiento 06-02-1971, residenciado en el Sector Punta iguana, calle Rafael Urdaneta, casa sin numero, frente el Hotel Puerta del Sol y Rivera Suite, Municipio Santa Rita Estado Zulia, teléfono 0424-6671064 (esposa); al Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia extensión Cabimas, para lo cual se acuerda remitir las actuaciones que conforman la presente causa a dicho Juzgado, de conformidad con lo establecido en los artículos 57, 61 y 77 del Código Org.....