Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LA APREHENSIÓN JUDICIAL, contra el ciudadano CARLOS EDUARDO LUARTE ARIAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.212.615, residenciado en el Parcelamiento Cruz Verde, calle Benedicto García, casa sin número, Coro, Estado Falcón; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1, en concordancia con el artículo 405 del Código Penal a título de autor, en perjuicio de los ciudadanos Gregory José González Rojas y Joandry Antonio Díaz Leal, según investigación N° 11DDC-F1-00588-2012, de conformidad con lo establecido en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.- Líbrese la correspo.....