este Tribunal Tercero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, ORDENAR JUDICIALMENTE LA AUTORIZACIÓN, ENTRADA, y REGISTRO y AUTORIZACIÓN PARA FIJACIÓN FOTOGRÁFIA Y FILMACIÓN E INCAUTACIÓN A LA VIVIENDA UBICADA EN: ZUMURUCUARE, CALLE JOSE FAJARDO, CASA SIN, AL FINAL DEL CALICHAL, SANTA ANA DE CORO. A fin de ubicar, como cualquier elemento de interés de criminalistico que pueda ser útil para el total esclarecimiento del presente caso, asimismo informo que dicho allanamientos, serán practicados por funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, Grupo Anti Extorsión y Secuestro N° 13 del estado Falcón (GNB).
Comisionándose a los funcionarios, a la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, Grupo Anti Extorsión y Secuestro N° 13 del estado Falcón (GNB) identificados como; PTTE. RIVAS JJRO, C. No. 17.751.236, S/1 GONZALEZ LUIS CI. No. 16.298.596. S/.....