este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SE REVISA LA MEDIDA SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, previa solicitud interpuesta por el ciudadano JOSE LUIS RIVERO, Defensor Público Cuarto Penal de esta Circunscripción Judicial, procediendo en mi carácter de Defensor del ciudadano ANGEL GABRIEL RODRIGUEZ, plenamente identificado en autos, a quien se le asignó el asunto Nº IP01P2016000082, conforme al artículo 250 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.