este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: CONDENA al ciudadano: MARCOS ANTONIO ESPINOZA CAICEDO, venezolano, portador de la cédula de identidad personal Nº 12.209.776, nacido en fecha 30-07-1976, de 34 años de edad, domiciliado Sector El Mirador, Calle 4, casa 603, casa color azul, vía principal San Cristóbal, Estado Táchira, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS BAJO LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley orgánica contra el trafico ilícito y consumo de sustancias estupefacientes en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO a cumplir la Pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN mas las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente. SEGUNDO: SE DECRETA LA APERTURA A JUICIO A LOS CIUDADANOS: LUIS RAMIRO FERNANDEZ BARRIENTOS venezolano, portador.....