este Tribunal 3º de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta SIN LUGAR la solicitud fiscal. SEGUNDO: Se decreta la flagrancia. TERCERO: Se admite la calificación jurídica imputada por la representación Fiscal del Ministerio Publico, en contra de BERNALDO DE JESUS CORDERO ARTEAGA por el delio de LESIONES GRAVES previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal. CUARTO: Se decreta CON LUGAR, lo solicitado por la defensa publica, por lo que se le impone al ciudadano BERNALDO DE JESUS CORDERO ARTEAGA, la obligación de someterse a la MEDIDA ALTERNATIVA DE SUSPESION CONDICIONAL DEL PROCESO, consistente en LABORES DE MANTENIMIENTO Y RESTAURACION DEL CDI DR. ALIRIO NAVARRO ALEMAN, ubicado en EL SECTOR LAS CASITAS DE MENE MAURO, por un perdió de TRES MESES.