Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara sin lugar lo solicitado por la Fiscalía y DECRETA a los imputados JHONATHAN ALEXANDER DURAN, CLAUDIA LILIANA PALENCIA DURAN y SERVIO JUNIOR MARTOS SÁNCHEZ, antes identificados, la medida cautelar establecida en el ordinal tercero del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación periódica cada Quince (15) días por ante la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Penal a partir de la presente fecha, por la presunta comisión del Delito de INDUCCIÓN A LA CORRUPCIÓN IMPROPIA, previsto en el artículo 63 en relación al artículo 61 de La ley Contra La Corrupción. Se acuerda la aplicación del Procedimiento Ordinario. Remítase la Causa a la respectiva Fiscalía en su oportunidad. Notifíquese a las partes de la publicación de la presente Resolu.....