Por los fundamentos y consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado TERCERO de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la Ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud de revisión de medida privativa de libertad impetrada por la DRA. CARMARIS ROMERO SURT, Defensora Pública PRIMERA adscrita a la Unidad Autónoma de Defensoría Pública del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, en su carácter de defensora de los ciudadanos LUIS ALBERTO ARIAS COBIS, ELY SAUL COLINA COLINA, FRANCISCO ROQUE RAMOS y LUIS OMAR PEREIRA DUQUE. Todo en conformidad con lo dispuesto en los Artículos 264, 250,251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese y notifíquese la presente decisión.
El Juez
Abg. Néstor Luis Castellano Molero
La Secretaria,
Abg. Jenny Oviol