este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud Fiscal. En consecuencia decreta a los Ciudadanos LUIS ALBERTO MORLES ZARRAGA, Venezolano, mayor de edad, de 23 años de edad, residenciado en Parcelamiento Cruz Verde, Calle Benedicto García, casa S/N, Coro, estado Falcón y a DANIEL JOSÈ ZARRAGA ROJAS, venezolano, no posee documentación personal, de 23 años de edad, residenciado en Parcelamiento Cruz Verde, Calle Benedicto García, casa S/N, Coro, estado Falcón, medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad conforme al artículo 250, 251 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO AGRAVADO