Por los fundamentos expuesto, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de La Ley, Decreta : MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con los Articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ordinal 3º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación cada treinta días por ante la fiscalía quinta del Ministerio Público al ciudadanos JOSE FRANCISCO GARAY BRICEÑO , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad 14.614.316, edad 24 años, fecha de nacimiento28-02-83, de profesión chofer, residenciado en el barrio Aguirre segunda calle casa s/n, por el delito de HOMICIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal vigente. Consistentes en la presentación cada 30 día a partir de la presente decisión ante la Fiscalia Quinta del Ministerio Publico y así mismo la prohibición de salida del País, Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Quinta del Ministerio Públi.....