Por los fundamentos y consideraciones anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, , ACUERDA conceder PROTECCIÓN inmediata a la ciudadana YENNI ENITH MADURO, Venezolana, titular de la cedula de identidad N° V- 7.733.258, domiciliada en la Urbanización" La Paz", casa N° 34 de color blanco con azul, Ínter comunal Coro ¿ La Vela, de esta ciudad y Estado, y en la de su familia, en su carácter de victimas en la causa penal que cursa por ante la fiscalia Primera de este Estado, comisionando en tal sentido al Comando de la Guardia Nacional 42 de la Vela de Coro Guardia Nacional. Todo en sana y cabal aplicación de los dispositivos legales insertos en los Artículos 23 del Código Orgánico Procesal Penal y 30, parte infine, de nuestra Constitucional Nacional. Ofíciese a al comandante de Guardia Nacional con copia certificada a los fines de que tenga conocimiento de las denuncia planteadas y se le garan.....