este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón sede Santa Ana de Coro, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara TEMPORAL el escrito de Contestación a la Acusación Fiscal presentado por la Defensa privada en tiempo oportuno. SEGUNDO: No se le otorga el carácter de querellante a la Abg. Reina Amaya, en virtud de cumplir con lo establecido en el artículo 309 del COPP. TERCERO: SIN LUGAR las excepciones opuestas por la defensa privada. CUARTO: Se Admite TOTALMENTE la Acusación Fiscal interpuesta por el Ministerio Público contra el ciudadano ANDRES JOSE SALAS LUGO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-21.544.755, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 del Código Penal, en perjuicio de RICHARD JOSE CORDERO LACLE (OCCISO). QUINTO: Se Admiten por ser legales, lícitas, per.....