Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se ordena la Libertad Plena del ciudadano Francisco Jose Riera, portador de la cédula de identidad personal número V. ¿ 17.179.777, de 21 de edad, venezolano, albañil, soltero, nacido el 09 ¿ 07 - 1984, Primer año de bachillerato como grado de instrucción, domiciliado en calle Progreso, entre silva y Ampíes, casa de color verde, hijo (a) de Marilin Riera, y el cese de cualquier medida cautelar en el presente asunto, por Archivo Fiscal de conformidad con lo previsto en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia líbrense la respectiva Boletas de Libertad y remítase al Internado Judicial de esta ciudad. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
El Juez Cuarto de Control
El Secretario de Sala
Abg. Saturno José Ramírez Zorrilla
Abg. Pedro Borregales