este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ACUERDA al Ministerio Público la prórroga contenida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de 15 días contados a partir del día 17 de julio de 2010, los cuales vencerán el día 1 de agosto de 2010, ello a los efectos de que la Fiscalía presente el acto conclusivo a que haya lugar en la causa penal que se le sigue a los ciudadanos CARLOS ANTHONY PEROZO BRACHO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO previstos en los artículos 458 y 277 del Código Penal y en relación a los ciudadanos MAIKER ANTONIO ANGULO, FRANKLIN FERRER SEMECO, ALAIS JESÚS MEDINA RUÍZ, ALBERTO JESÚS DÍAZ CHIRINOS, ROLANNY TERESA PEROZO RUÍZ y MAIBENNYS MERCEDES MADRIZ, por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOAUTORES, previsto en el artículo 458 en relación con el artículo 83 del Código Penal.