Por los fundamentos expuesto, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de La Ley, Decreta: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con los Articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación cada treinta días (30) por ante la Sede del Comando de las Fuerzas Armadas Policiales de la Población Pedregal del Estado Falcón, al ciudadano ORANGEL NICOLAS PALENCIA MIRANDA, venezolano, casado, de profesión docente de la Escuela Bolivariana Los Barrancos, titular de la cedula de identidad No. V-9.527.855, de 39 años de edad, fecha de nacimiento: 26/12/1966 natural y residenciado en Pedregal al final de la Calle Democracia casa S/N de color azul Estado Falcón, hijo de Alquimides Palencia y Laura Palencia. Por la presunta comisión del delito LESIONES PERSONALES, previsto en el Código Penal, en perjuicio del ciudadano EDGAR ROMERO, dando como domicil.....