este Tribunal CUARTO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO de las Actuaciones que conforman el presente asunto seguido contra: Antonio Alfredo Arenas y Richard Martínez, venezolanos, mayores de edad, plenamente identificados en autos; y quienes se encuentras presuntamente incursos en la comisión del delito de Alteración del Orden Público en estado de Ebriedad y no presentar documentación del vehículo donde transitaban, previsto y sancionado en el Código Penal, en perjuicio de El Estado Venezolano, se ordena dejar sin efecto cualquier Medida de Coerción Personal que pese sobre los investigados, y se establece el cese de su condición de imputados, pudiendo solo reabrirse la investigación cuando surjan nuevos elementos que lo justifiquen, previa la autorización del Juez, de conformidad con el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíques.....