este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ADMITE la acusación de la Fiscalía 2º del Ministerio Público, conforme al artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia SE ORDENA EL ENJUICIAMIENTO ORAL Y PÚBLICO de la ciudadana YENNI JOSEFINA MÉNDEZ, ampliamente identificada en los autos. SEGUNDO: SE ACOGE LA CALIFICACION JURIDICA dada a los hechos por la Fiscalía, esto es, OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 del Código Penal. TERCERO: SE ADMITEN las pruebas ofrecidas por la Fiscalía en su escrito de acusación y por la Defensa en su escrito de contestación a la acusación Fiscal. CUARTO: Se ratifica la MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL impuesta a la acusada. QUINTO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de nulidad invocada por la defensa de la acusada. SEXTO: Se decreta el Sobreseimiento de la Causa, en relación al ciudadano RON.....